La Ley de Riesgos del Trabajo N° 24.557 es uno de los componentes del Sistema de Seguridad Social Argentino y tiene como objetivos prevenir los riesgos en la actividad laboral y reparar los daños ocasionados por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Para cubrir a tus empleados, existen las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo que son empresas privadas que tienen como finalidad asesorar a los empleadores en las medidas de prevención de riesgos del trabajo y reparar los daños en casos de accidentes de trabajo o enfermedades de origen laboral.
Elegir una ART y cambiar de aseguradora, luego de cumplir los plazos mínimos de afiliación.
Exigir a su ART la realización de los exámenes periódicos que correspondan y el cumplimiento de la asistencia médica y económica a sus trabajadores en caso de accidentes o enfermedades profesionales.
Recibir por parte de la ART asesoramiento, capacitación y asistencia técnica en materia de prevención de riesgos para el propio empleador y para sus trabajadores.
Exigir a su ART la entrega de credenciales para los trabajadores en la cual consta el número telefónico de la aseguradora para llamar en forma gratuita al Centro Coordinador de Atención Permanente (CeCAP) que brinda asistencia y orientación en caso de accidente de trabajo.
Recibir información de la ART sobre el régimen de alícuotas vigente, sobre las prestaciones que prevé el sistema de riesgos del trabajo y los procedimientos de denuncia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Estar afiliado a una ART o autoasegurarse (sólo si cumplen con los requisitos establecidos).
Cumplir con las normas de higiene y seguridad en el trabajo establecidas.
Proveer a sus trabajadores de los elementos de protección personal y capacitarlos para su correcta utilización.
Denunciar incumplimientos de su ART ante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
Inscribirse a través de su ART al “Registro de Sustancias y Agentes Cancerígenos” (Resolución SRT N° 415/02), al “Registro Nacional para la Prevención de Accidentes Industriales Mayores” (Resolución SRT N° 743/03) y al “Registro de Difenilos Policlorados” (Resolución SRT N° 497/03).
Notificar a la ART la incorporación de nuevo personal.
Adoptar las medidas necesarias para prevenir riesgos en el trabajo.
Capacitar a sus trabajadores en métodos de prevención de riesgos del trabajo.
Denunciar ante la ART los accidentes de trabajo o enfermedades profesionales que ocurran en su establecimiento Cumplir con el Programa de Reducción de Siniestralidad, establecido en caso de que la accidentabilidad de su empresa supere en un 10% el índice de incidencia de su sector de actividad.
Informar a sus trabajadores a qué ART está afiliado.
Informar a sus trabajadores de los riesgos que tiene su tarea y protegerlos de los mismos Realizar los exámenes médicos preocupacionales y por cambio de actividad (si dicho cambio implica el comienzo de una eventual exposición a agentes de riesgo), e informar los resultados de los mismos al trabajador.
Solicitar a la ART la atención médica inmediata en caso de accidentes de trabajo o enfermedad profesional.
Mantener un registro de accidentabilidad laboral.